Legislación › Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Disposición adicional séptima.
Disposición adicional séptima.
Los funcionarios sanitarios titulares municipales se regirán por su normativa específica, y en lo no previsto en ella por lo establecido para los restantes funcionarios locales.
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