Legislación › Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
El Consejo General podrá solicitar a la Generalidad de Cataluña la delegación o transferencia de competencias no asumidas en la presente Ley y, también, la reforma del Régimen Especial de Arán.
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