Legislación › Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán.
Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta.
La Comisión Gobierno de la Generalidad-Consejo General a que se refiere el artículo 24 deberá constituirse en el plazo de tres meses a partir de la constitución del primer Consejo General.
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