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Legislación › Ley 14/1990, de 26 de julio, de Reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias

Artículo 149.

Artículo 149.

Serán aplicables, en lo que proceda, a la Comisión de Gobierno las normas generales que para las sesiones del Pleno se consignan en la sección 2.ª del presente capítulo y que no contradigan lo preceptuado en los artículos correspondientes de la presente sección.

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