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Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Grupo 111. Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas, Doctores y Licenciados en Ciencias Geofísicas y Doctores y Licenciados en Ciencias Geológicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de octubre de 1990 y la del 1 de enero de 1996. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Agrupación 11. Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas, en Ciencias Geofísicas y en Ciencias Geológicas, Ingenieros de Minas.
Grupo 111. Doctores y Licenciados en Ciencias Físicas, Doctores y Licenciados en Ciencias Geofísicas y Doctores y Licenciados en Ciencias Geológicas.
Cuota de: 23.400 24.219 pesetas. (145,56 euros)
Grupo 112. Ingenieros de Minas.
Cuota de: 34.000 35.190 pesetas. (211,50 euros)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1996 En vigor BOE-A-1995-27964 Leer Qué cambió
22 de octubre de 1990 Texto original Leer

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