Legislación › Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Artículo 156.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de noviembre de 2006 y la del 21 de febrero de 2019.
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Artículo 156.
1. Los transportes privados particulares, definidos A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 102.1 de la LOTT, servirán necesidades personales del titular del vehículo y habrá de sus allegados, entendiéndose que éstos son sus familiares u otras personas resultar acreditado que convivan o tengan con aquél una relación de dependencia personal o laboral la actividad principal del solicitante de carácter doméstico, así como aquellos cuyo transporte se realice en base a una relación social la autorización no es la de amistad o equivalente. No tienen esta consideración los transportes que sirven transporte.
En la comprobación del cumplimiento de complemento este requisito, el órgano competente deberá atenerse exclusivamente a Empresas aunque éstas sean familiares, autónomas, cooperativas, sociedades civiles particulares, comunidades los datos obrantes en el Censo de bienes u otras similares. Obligados Tributarios.
2. Los transportes privados particulares En ningún caso podrá otorgarse una autorización de viajeros habrán transporte privado complementario a quien sea titular de realizarse en vehículos una de turismo. transporte público.
Los transportes privados particulares de mercancías habrán de llevarse a cabo 3. A los efectos previstos en vehículos ligeros, salvo el artículo 102.2.b) de la LOTT, cuando la actividad principal que se trate del transporte justifique el otorgamiento de máquinas, animales o complementos destinados a la práctica personal autorización se preste de alguna actividad deportiva o recreativa que, por sus características, no resulte posible transportar en un forma ambulante, el vehículo con el que se practique tendrá la consideración de dicha categoría. establecimiento de la empresa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de febrero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2289 | Leer | Qué cambió |
| 16 de noviembre de 2006 | BOE-A-2006-19826 | Leer | Qué cambió |
| 28 de octubre de 1990 | Texto original | Leer |


