Legislación › Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Artículo 255.
Artículo 255.
La Administración, cuando existan motivos sociales que lo justifiquen, podrá imponer a RENFE obligaciones de servicio público, entendiéndose por tales aquéllas que la Empresa no asumiría, n no lo haría en la misma medida y condiciones, si considerase exclusivamente su propio interés comercial.
Cuando se realice la imposición de obligaciones de servicio público, ya consistan las mismas en reducciones o bonificaciones tarifarias o ten la prestación de servicios o realización de actividades económicamente no justificados, el Estado compensará a RENFE del coste por el cumplimiento de las referidas obligaciones de servicio público, de conformidad con lo previsto en el artículo 182.2 de la LOTT.


