Legislación › Real Decreto 1234/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión de pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado a quienes prestan el servicio militar y a los alumnos de los Centros docentes militares de formación.
Artículo 4.
Artículo 4.
1. La determinación de invalidez con derecho a pensión o la indemnización por lesiones vendrá dada directamente en función del tipo de lesión predominante.
2. Caso de coincidir dos o más lesiones de las que originan derecho a indemnización, cuando fuesen independientes entre sí, podrán acumularse resultando una cantidad indemnizatoria igual a la suma de las cantidades parciales.


