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Legislación › Real Decreto 1234/1990, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión de pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado a quienes prestan el servicio militar y a los alumnos de los Centros docentes militares de formación.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Para el ejercicio del derecho reconocido en la disposición anterior, se concederá un plazo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto.

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