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Legislación › Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

Artículo 61

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de noviembre de 1990 y la del 12 de agosto de 2007. Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 61
El Gobierno elaborará las disposiciones reglamentarias precisas para adaptar el Reglamento General de Policía sobre Espectáculos Públicos a las medidas previstas en esta Ley, en lo relativo a las necesarias condiciones de seguridad en los espectáculos deportivos. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de agosto de 2007 En vigor BOE-A-2007-13408 Leer Qué cambió
6 de noviembre de 1990 Texto original Leer

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