Legislación › Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia a establecer los criterios para la homologación y convalidación de las actuales titulaciones de técnicos deportivos, de conformidad con lo previsto en la presente Ley.
← Disposición transitoria primera Índice Disposición transitoria tercera →


