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Legislación › Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

Disposición final sexta.

Disposición final sexta.

Reglamentariamente se regulará el funcionamiento del Registro de Asociaciones Deportivas y las secciones que en él deban crearse así como el Registro de Participaciones Significativas en Sociedades Anónimas Deportivas.

Se añade por el art. 109.19 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155

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