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Legislación › Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.

ANEXO I A

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de noviembre de 1990 y la del 1 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (116 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I A
Valor límite de concentración de metales pesados en los suelos
Valor límite de concentración de metales pesados en los suelos (mg/kg de materia seca de una muestra representativa de los suelos tal como la define el anexo II C).
Los valores límite de concentración de metales en los suelos serán los recogidos en la tabla de la parte B del anexo IV del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
Téngase en cuenta que la modificación del presente anexo, por la disposición final 1.1 del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-23052, tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2024, según establece su disposición final novena.
Redacción anterior:
"(mg/kg de materia seca de una muestra representativa de los suelos tal como la define el anexo II
C)
Parámetros
·
Valores límite
·
Suelos con Ph
menor de 7
·
Suelos con Ph
mayor de 7
·
Cadmio
·
1
·
3,0
·
Cobre
·
50
·
210,0
·
Níquel
·
30
·
112,0
·
Plomo
·
50
·
300,0
·
Zinc
·
150
·
450,0
·
Mercurio
·
1
·
1.5
·
Cromo
·
100
·
150,0 150,0"
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2022-23052 Leer Qué cambió
2 de noviembre de 1990 Texto original Leer

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