Legislación › Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.
ANEXO I B
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de noviembre de 1990 y la del 1 de enero de 2023.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (80 palabras).
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ANEXO I B
Valor límite de concentración de metales pesados en los lodos destinados a su utilización agraria
(mg/kg Los valores límite de concentración de metales pesados en los lodos destinados a su utilización agraria serán los recogidos por la tabla de la parte A del anexo IV del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre.
Téngase en cuenta que la modificación del presente anexo, por la disposición final 1.2 del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-23052, tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2024, según establece su disposición final novena.
Redacción anterior:
"(mg/kg de materia seca)
Parámetros
·
Valores límite
·
Suelos con Ph
menor de 7
·
Suelos con Ph
mayor de 7
·
Cadmio
·
20
·
40
·
Cobre
·
1.000
·
1.750
·
Níquel
·
300
·
400
·
Plomo
·
750
·
1.200
·
Zinc
·
2.500
·
4.000
·
Mercurio
·
16
·
25
·
Cromo
·
1.000
·
1.500 1.500"
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-23052 | Leer | Qué cambió |
| 2 de noviembre de 1990 | Texto original | Leer |


