Legislación › Declaración unilateral española en aceptación de la jurisdicción obligatoria del Tribunal Internacional de Justicia.
Artículo 1.
Artículo 1.
La Corte Internacional de Justicia establecida por la Carta de las Naciones Unidas, como órgano judicial principal de las Naciones Unidas, quedará constituida y funcionará conforme a las disposiciones del presente Estatuto.


