Legislación › Real Decreto 1477/1990, de 2 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los aromas que se utilizan en los productos alimenticios y de los materiales de base para su producción.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
Lo dispuesto en el artículo 8.º de la Reglamentación Técnico-Sanitaria no será exigible hasta el 22 de junio de 1991.


