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Legislación › Ley 1/1990, de 26 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.

Artículo 14.

Artículo 14.

El ingreso en la Policía Local se efectuará por el sistema de oposición libre para la categoría de Policía o Guardia, y el de concurso-oposición para el resto de las categorías de la Escala Ejecutiva así como para el ingreso en la Escala Técnica o de Mando, acreditando la titulación académica adecuada y superando las pruebas selectivas que se establezcan y un curso de formación en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.

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