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Legislación › Ley 9/1990, de 9 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Aragón.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

Dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, deberá procederse a la designación de los miembros del Consejo Económico y Social de Aragón por los órganos competentes, según se establece en la presente norma.

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