Legislación › Ley 9/1990, de 9 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Aragón.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
Dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, deberá procederse a la designación de los miembros del Consejo Económico y Social de Aragón por los órganos competentes, según se establece en la presente norma.
← Disposición transitoria segunda Índice Disposición transitoria cuarta →


