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Legislación › Real Decreto 1576/1990, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión en el sistema de la Seguridad Social de pensiones extraordinarias motivadas por actos de terrorismo.

Artículo 1. Régimen jurídico.

Artículo 1. Régimen jurídico.

Quienes estando afiliados al Sistema de la Seguridad Social, se encuentren o no en situación de alta en algunos de sus Regímenes, y sean victimas de un acto de terrorismo, tendrán derecho a causar las pensiones extraordinarias, previstas en el número cuatro del artículo 64 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988, en la reducción dada al mismo por la disposición adicional decimosexta de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de acuerdo con lo que se dispone en el presente Real Decreto.

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