Legislación › Real Decreto 139/1990, de 2 de febrero, sobre composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Art. 2.
Art. 2.
La Comisión Asesora será convocada por su Presidente, por propia iniciativa o siempre que así lo solicite cualquiera de sus restantes miembros. Corresponderá al propio Presidente la fijación del orden del día, en el que incluirá los asuntos cuya consideración haya sido solicitada por cualquiera de los miembros de la Comisión.


