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Legislación › Orden de 20 de diciembre de 1990 por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, habilitándose a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para dictar disposiciones en materia de información y normas contables de las Instituciones de Inversión Colectiva.

Séptimo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de diciembre de 1990 y la del 11 de agosto de 1993. Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Séptimo.
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en los números anteriores en cuanto a remisión de información a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, deberá ser enviado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera un ejemplar de los estados financieros públicos de las Instituciones de Inversión Colectiva y de sus Sociedades Gestoras, junto con los correspondientes informes de auditoría. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 1993 En vigor BOE-A-1993-19266 Leer Qué cambió
23 de diciembre de 1990 Texto original Leer

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