Legislación › Real Decreto 1637/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Reglamentarias de Integración de Escalas de las Fuerzas Armadas.
Artículo 3. Solicitud de integración.
Artículo 3. Solicitud de integración.
El personal de los Cuerpos y Escalas mencionados en el artículo anterior que desee integrarse en las Escalas que en el mismo artículo se indican, lo solicitará mediante instancia dirigida al Mando o Jefatura de Personal de su Ejército, o al Director general de Personal en el caso de los Cuerpos Comunes, antes del 31 de enero de 1991.


