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Legislación › Real Decreto 1637/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Reglamentarias de Integración de Escalas de las Fuerzas Armadas.

Disposición adicional primera. Oficiales Generales.

Disposición adicional primera. Oficiales Generales.

Los Oficiales Generales se integran en las Escalas creadas por la Ley, por empleos y antigüedad en el empleo; ante igualdad en la antigüedad en el empleo entre miembros de la misma Escala, por orden de escalafón; caso de que la igualdad se diera entre miembros de diversas Escalas, se resolverá en favor del de mayor edad.

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