Legislación › Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición adicional tercera. Cambios de referencias del ordenamiento jurídico.
Disposición adicional tercera. Cambios de referencias del ordenamiento jurídico.
Cualquier referencia del ordenamiento jurídico a los órganos del Sistema Estadístico de Andalucía y del Sistema Cartográfico de Andalucía se entenderá realizada a los correspondientes órganos del Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía establecidos en el artículo 26 de esta ley. Asimismo, las referencias a los instrumentos de planificación estadística y cartográfica pasarán a ser sustituidas por el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía y sus programas anuales.
Se añade por la disposición final 6.6 de la Ley 4/2011, de 6 de junio. BOE-A-2011-11178
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