Legislación › Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Disposición adicional sexta. Acceso al Registro de conductores e infractores para conocer el saldo de puntos.
Disposición adicional sexta. Acceso al Registro de conductores e infractores para conocer el saldo de puntos.
La Administración adoptará las medidas oportunas para facilitar a los titulares de permisos y licencias de conducción el acceso a su saldo de puntos. En todo caso, cuando la Administración notifique la resolución por la que se sancione una infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos, indicará expresamente a los sancionados cuál es el número de puntos que se le quitan y la forma expresa de conocer su saldo de puntos.
Se añade por el art. único.17 de la Ley 17/2005, de 19 de julio. BOE-A-2005-12458
Téngase en cuenta para su entrada en vigor la disposición final 2.
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