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Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Art. 46.

Art. 46.

1. La Administración de la Generalidad constituye un sistema integrado de agentes y está informada por el principio de coordinación de todos sus órganos.

2. Cada órgano deberá ajustar sus medios no solamente a los fines propios, sino también a los de la Administración de la Generalidad como conjunto, sin impedir ni dificultar a los otros el cumplimiento de las competencias que tengan asignadas.

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