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Legislación › Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Art. 5.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de enero de 1990 y la del 2 de diciembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 5.
1. Los órganos superiores de la Administración de la Generalidad son el Presidente, presidente o presidenta de la Generalidad, el Gobierno, el consejero primero o consejera primera del Gobierno, el vicepresidente o vicepresidenta del Gobierno y los Consejeros. consejeros.
2. Los órganos superiores de la Administración de la Generalidad se rigen por la presente Ley, por las disposiciones contenidas en la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalidad, y por las demás disposiciones que específicamente los regulen.
3. Son altos cargos de la Administración de la Generalidad los los Secretarios generales y los Directores generales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de diciembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-19526 Leer Qué cambió
11 de enero de 1990 Texto original Leer

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