Legislación › Resolución de 27 de marzo de 1990, de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, sobre incidencias planteadas por aplicación del Real Decreto 1448/1989, de 1 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 77 de la Ley 39/1988.
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Téngase en cuenta que:
- el Real Decreto 1448/1989, de 1 de diciembre, por el que se desarrolla el art. 77 de la Ley 39/1988, ha sido derogado por el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. BOE-A-2006-7264.
- y la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, ha sido derogada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. BOE-A-2004-4214.
La presente Resolución viene a interpretar los siguientes artículos:
- El apartado Primero, referente a lo que se entiende por cambios de clase de cultivo o aprovechamiento, alude ahora al art. 16.2.b) del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. BOE-A-2004-4163.
- El apartado Segundo, referente a la fecha de comienzo del plazo de dos meses, límite para la presentación de las declaraciones tributarias correspondientes a las anteriores variaciones de orden físico de los bienes inmuebles de naturaleza rústica, alude ahora al art. 28.2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. BOE-A-2006-7264.


