Legislación › Orden de 20 de abril de 1990 por la que se desarrolla el Real Decreto 466/1990, de 6 de abril, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas.
ANEXO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 1990 y la del 11 de mayo de 1993.
Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (39 palabras).
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ANEXO III
Relación de municipios de montaña incluidos en las zonas de influencia socioeconómica de los parques nacionales Parques Nacionales
Huelva: Almonte e Hinojos.
Sevilla: Aznalcázar y Puebla del Río.
Asturias: Amieva, Cabrales, Cangas de Onís y Onís.
Huesca: Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas. Puértolas, Tella-Sin y Torla.
León: Oseja de Sajambre y Posada de Valdeón. Las Palmas: Tías. Trías, Tinajo y Yaiza.
Santa Cruz de Tenerife: Adeje, Angulo, Agulo, Alajeró, Arico, Barlovento, Breña Alta, Buenavista del Norte, Fasnia, Garafía, Garafia, Garachico, Granadilla de Abona, La Guancha, Guia Guía de Isora, Güimar, Hermigua, Icod de los Vinos, La Orotava, El Paso, Puntagorda, Puntallana, Los Realejos, San Andrés y Sauces, San Juan de la Rambla, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de La Palma, Santiago del Teide, Tijarafe, Valle Gran Rey, Vallehermoso y Vilaflor.
Ciudad Real: Daimiel, Villarrubia de los Ojos y Torralba de Calatrava.
León: Oseja de Sajambre y Posada de Valdeón.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de mayo de 1993 En vigor | BOE-A-1993-12086 | Leer | Qué cambió |
| 25 de abril de 1990 | Texto original | Leer |


