Legislación › Ley 6/1991, de 27 de marzo de Carreteras de la Comunidad Valenciana.
Artículo 37. Edificios existentes.
Artículo 37. Edificios existentes.
Los edificios e instalaciones existentes en el interior de las zonas de protección delimitadas con arreglo a lo previsto en esta Ley, tendrán la consideración de fuera de ordenación, a los efectos previstos en el artículo 60 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 9 de abril de 1976.


