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Legislación › Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora Silvestres en la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Asimismo se podrán conceder ayudas a los titulares de terrenos o derechos reales para la realización de programas de conservación cuando dichos terrenos se hallen ubicados en espacios declarados protegidos, o para llevar a cabo los Planes de Recuperación y manejo de especies o de conservación y protección de hábitats previstos en esta Ley.

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