Legislación › Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico.
Artículo 27. Responsabilidad tributaria de los administradores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de mayo de 1991 y la del 1 de enero de 1996.
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Artículo 27. Responsabilidad tributaria de los administradores.
Los administradores de las Agrupaciones de Interés Económico serán responsables solidarios del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto formales como materiales, de los socios no residentes. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1995-27752 | Leer | Qué cambió |
| 20 de mayo de 1991 | Texto original | Leer |


