Legislación › Ley 5/1991, de 5 de abril, de Protección de los Espacios Naturales.
Artículo 13.
Artículo 13.
Aquellos espacios del territorio regional que contengan elementos y sistemas naturales de especial interés o valores naturales sobresalientes podrán ser declarados protegidos de acuerdo con lo regulado en esta Ley.


