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Legislación › Ley 5/1991, de 5 de abril, de Protección de los Espacios Naturales.

Artículo 2.

Artículo 2.

Son principios inspiradores de la presente Ley los siguientes:

a) El mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas vitales básicos.

b) La preservación de la diversidad genética.

c) La utilización ordenada de los recursos, garantizando el aprovechamiento sostenido de las especies y de los ecosistemas, su restauración y mejora.

d) La preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales y del paisaje.

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