LexTotal

Legislación › Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

Artículo 29.

Artículo 29.

A los efectos de la presente Ley se establecen en las carreteras las siguientes zonas de dominio público y de protección.

← Artículo 28 Índice Artículo 30 →