Legislación › Ley 9/1991, de 3 de mayo, del Instituto Catalán de Energía.
Artículo 6.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2008 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (37 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 6.
1. El Consejo de Administración es el órgano de representación, de dirección y control del Instituto.
2. El Consejo de Administración estará integrado por:
a) El presidente o presidenta, que es el consejero o consejera competente en materia de energía, el cual puede delegar sus funciones en energía o la persona titular de la correspondiente secretaría sectorial de su departamento. que este designe.
b) El vicepresidente o vicepresidenta, que es el director o directora general competente en materia de Energía, energía, el cual auxilia al presidente o presidenta y coordina y controla el ejercicio de las funciones delegadas por el Consejo de Administración. presidenta. El vicepresidente o vicepresidenta preside las reuniones del Consejo en caso de ausencia o de imposibilidad de las personas a las que se refiere la letra a. del presidente o presidenta.
c) Seis vocales representantes de la Administración de la Generalidad. Dos de estos vocales deben pertenecer al Departamento de Economía y Finanzas, uno de los cuales debe ser la persona titular de la correspondiente secretaría sectorial, en el caso de que exista esta secretaría, y si no la hay, la persona titular de la secretaría general. Otro de los seis vocales debe pertenecer al departamento competente en materia de medio ambiente.
d) El Director del Instituto, con voz pero sin voto.
3. Los vocales del Consejo de Administración serán son nombrados y separados por el Gobierno, a propuesta del Consejero consejero o consejera competente en materia de Industria y Energía. energía. Las personas designadas deben ser profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de la energía.
4. Corresponderán al Consejo de Administración las siguientes funciones:
a) Fijar las directrices de actuación del Instituto.
b) Representar al Instituto Catalán de Energía.
c) Aprobar el anteproyecto del programa de actuación y el programa de inversión y de financiación correspondientes al ejercicio siguiente y remitirlos al Consejero de Economía y Finanzas, a través del Departamento de que dependa dicho Instituto, según lo establecido en el artículo 29 de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la Empresa Pública Catalana.
d) Elaborar el presupuesto de explotación y de capital del Instituto para elevarlo al Departamento de Economía y Finanzas, previo informe del Departamento al que esté adscrito este Instituto.
e) Aprobar el balance anual del Instituto, la memoria anual y evaluar periódicamente los programas de actuación y sus resultados.
f) Aprobar las plantillas y el régimen retributivo del personal.
g) Aprobar los convenios de cooperación con las demás administraciones públicas, las universidades y los contratos y convenios de colaboración que se formalicen para la consecución de la finalidad fundacional.
h) Fijar los precios y las tarifas que el Instituto deba percibir por la prestación de sus servicios.
i) Decidir la constitución de sociedades filiales o la participación en sociedades.
j) Realizar cualquier otra función que no esté encomendada expresamente a los demás órganos del Instituto.
5. El Consejo de Administración podrá delegar en sus miembros el cumplimiento de funciones específicas. No podrán ser objeto de delegación las funciones que correspondan al Consejo de Administración establecidas en las letras c), d), e) y f) del apartado 4 del presente artículo, ni la facultad de delegación prevista en este artículo.
6. El Consejo de Administración celebrará sesiones ordinarias al menos una vez al trimestre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2008-3656 | Leer | Qué cambió |
| 28 de mayo de 1991 | Texto original | Leer |


