Legislación › Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León.
Artículo 26.
Artículo 26.
A los efectos de la presente Ley, son archivos públicos los conjuntos documentales producidos, reunidos o conservados en el ejercicio de sus funciones por las entidades e instituciones de derecho público y por las personas referidas en su artículo 4.º


