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Legislación › Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León.

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta.

En el plazo de dos años, contados a partir de la publicación de las normas que les sean de aplicación, los archivos deberán adaptarse a lo ordenado en ellas.

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