Legislación › Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.
Artículo 38.
Artículo 38.
El Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea llevará un inventario de la totalidad de los bienes que constituyan su patrimonio, así como de los que le hayan sido adscritos para el cumplimiento de sus fines.


