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Legislación › Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.

Artículo 56.

Artículo 56.

El Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea asume la gestión, administración y cobro de los ingresos a que se refiere el número 3 del artículo anterior, en el marco de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos y demás disposiciones aplicables.

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