Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
Artículo 28.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1994 y la del 21 de septiembre de 1997.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras).
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Art. Artículo 28.
1. En el año académico 1995-1996 se implantará el curso primero de grado superior correspondiente a la nueva ordenación del sistema educativo. A partir del
2.año curso académico 1996-1997 1998/1999 se implantarán progresivamente iniciará la implantación de los restantes cursos de del grado superior. superior que, de acuerdo con la nueva ordenación, se establezcan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de julio de 1999 En vigor | BOE-A-1999-15031 | Leer | Qué cambió |
| 18 de febrero de 1998 | BOE-A-1998-3563 | Leer | Qué cambió |
| 21 de septiembre de 1997 | BOE-A-1997-20176 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1994 | BOE-A-1994-17631 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1994 | BOE-A-1994-17631 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1993 | BOE-A-1993-11247 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 1991 | Texto original | Leer |


