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Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Artículo 44.

Artículo 44.

En el año académico 1994-95, dejarán de impartirse oficialmente las enseñanzas de «Arte Dramático» según el plan vigente y se generalizará la implantación de las enseñanzas correspondientes al nuevo plan. A partir de dicho año y hasta el término del curso 1996-97, se establecerán convocatorias extraordinarias para posibilitar la conclusión de los estudios iniciados con arreglo al plan vigente.

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