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Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Artículo 47.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de septiembre de 1997 y la del 18 de febrero de 1998. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 47.
En el curso académico 1998/1999 2000-2001 se iniciará la implantación de los estudios superiores de Diseño, que oportunamente se determinen. Asimismo, diseño, así como la de aquellos estudios superiores de Artes Plásticas y a partir Diseño que resulten de dicho curso académico, la nueva ordenación.
En los cursos sucesivos
se iniciará continuará la implantación de otros estudios gradual de carácter superior los restantes cursos que resulten de la nueva ordenación de estas enseñanzas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de febrero de 1998 En vigor BOE-A-1998-3563 Leer Qué cambió
21 de septiembre de 1997 BOE-A-1997-20176 Leer Qué cambió
29 de julio de 1994 BOE-A-1994-17631 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1993 BOE-A-1993-11247 Leer Qué cambió
26 de junio de 1991 Texto original Leer

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