Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta.
La acreditación de haber superado los estudios que en los distintos anexos de este Real Decreto se declaran equivalentes a cursos de la nueva ordenación del sistema educativo será suficiente para que los alumnos se incorporen al nuevo sistema, de acuerdo con los términos de las respectivas equivalencias, sin necesidad de trámite de convalidación alguno.
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