Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
Disposición adicional séptima.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 1991 y la del 5 de mayo de 1993.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Disposición adicional séptima.
La organización de las enseñanzas conducentes al titulo título de especialización didáctica al que se refiere el artículo 24. 24, párrafo 2, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, se producirá en un plazo que permita hacer efectiva su exigencia a partir del año académico 1994-95. 1995-1996.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de junio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-12866 | Leer | Qué cambió |
| 4 de agosto de 2002 | BOE-A-2002-15764 | Leer | Qué cambió |
| 18 de febrero de 1998 | BOE-A-1998-3563 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1994 | BOE-A-1994-17631 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1993 | BOE-A-1993-11247 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 1991 | Texto original | Leer |
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