Legislación › Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
Disposición adicional séptima.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1993 y la del 29 de julio de 1994.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Disposición adicional séptima.
La organización de las enseñanzas conducentes al título de especialización didáctica al que se refiere el artículo 24, párrafo 2, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, se producirá en un plazo que permita hacer efectiva su exigencia a partir antes del año académico 1995-1996. curso 1996-1997.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de junio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-12866 | Leer | Qué cambió |
| 4 de agosto de 2002 | BOE-A-2002-15764 | Leer | Qué cambió |
| 18 de febrero de 1998 | BOE-A-1998-3563 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1994 | BOE-A-1994-17631 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1993 | BOE-A-1993-11247 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 1991 | Texto original | Leer |
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