LexTotal

Legislación › Real Decreto 30/1991, de 18 de enero, sobre régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

Artículo 11.

Artículo 11.

Son funciones de los Presidentes de los órganos colegiados a que se refieren los artículos anteriores ostentar su representación, presidir las reuniones y dirigir las deliberaciones, así como ejecutar sus acuerdos y ejercer las demás funciones que les están atribuidas de conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.

← Artículo 10 Índice Artículo 12 →