Legislación › Real Decreto 30/1991, de 18 de enero, sobre régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Artículo 13.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de octubre de 2007 y la del 8 de septiembre de 2018.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo 13.
Los órganos de apoyo técnico a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa Pública del Estado están constituidos por la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, Pública del Estado, la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de contratos y Contratos, la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica, Electrónica y la Subdirección General de Gobernanza y Coordinación de la contratación pública, que están adscritos orgánicamente a la Dirección General del Patrimonio del Estado. Estado
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de septiembre de 2018 En vigor | BOE-A-2018-12265 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2007 | BOE-A-2007-18777 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2004 | BOE-A-2004-12014 | Leer | Qué cambió |
| 31 de octubre de 2002 | BOE-A-2002-21076 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 1991 | Texto original | Leer |


