Legislación › Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas.
Disposición transitoria octava.
Disposición transitoria octava.
La transformación de clubes en Sociedades Anónimas Deportivas a que se refieren las disposiciones anteriores, no supondrá cambio de la personalidad jurídica de aquéllos, que se mantendrá bajo la nueva forma social.
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