Legislación › Real Decreto 1285/1991, de 2 de agosto, por el que se establece el procedimiento de pago de intereses de Deuda del Estado en anotaciones a los no residentes que inviertan en España sin mediación de establecimiento permanente.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
El Ministerio de Economía y Hacienda determinará los Modelos a los que deberán ajustarse las certificaciones a que aluden las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 2, así como la forma y plazos en que la Central de Anotaciones del Banco de España enviará la información pertinente a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y a la Administración Tributaria para su comprobación por los procedimientos de intercambio de información previstos en el ordenamiento vigente.


